Pandemia y poder de mercado

Uno de los riesgos de la recuperación económica post-pandemia es un mayor crecimiento en la tendencia previa a la crisis del aumento del poder de mercado de las grandes empresas. En la medida en que éstas tienen más medios para resistir a la crisis (mayores colchones y acceso a créditos), cabe esperar una mayor concentración de mercado en un contexto de probables quiebras de muchas pymes, con una menor capacidad de resistencia. Un excesivo poder de mercado puede generar desincentivos al dinamismo empresarial con costes en términos de crecimiento e innovación, lo que exige una adaptación de las políticas de competencia.

El FMI ha publicado recientemente un trabajo en el que analiza el poder de mercado de las empresas cotizadas en bolsa (como proxy de las grandes empresas) en los países avanzados. Los datos reflejan un aumento significativo de su poder de mercado desde los años 80. Desde entonces, de media, los márgenes empresariales (medida como la ratio de los precios respecto a los costes marginales) han aumentado más de un 35 por ciento, la concentración empresarial (ratio de ventas entre las 4 y las 20 mayores empresas) ha aumentado más de un 30 por ciento, y los beneficios empresariales (ratio de dividendos sobre ventas), más de un 140 por ciento. En España, un estudio del Banco de España refleja también un aumento de los márgenes empresariales con la particularidad de que es un proceso dominado por el aumento de márgenes en pymes a costa de perder cuota de mercado (las grandes empresas han mantenido su márgenes más constantes).

El aumento en el poder de mercado se distingue de manera generalizada en la mayoría de los países avanzados –si bien destaca el aumento en EEUU y la UE, respecto a Asia– y de sectores productivos. Por sectores, el mayor aumento se observa en industrias como las tecnológicas, de la salud o servicios al consumidor. Los determinantes del aumento del poder de mercado difieren entre industrias, por ejemplo, en el sector tecnológico se explica sobre todo por el crecimiento en la cuota de mercado de las grandes empresas dominantes, que han mantenido sus márgenes –como veíamos son sectores con una dinámica de mercados oligopólicos con concentración de la actividad en un número reducido de empresas “campeonas” o “superdominantes” (altas cuotas en mercados poco contestables). Sin embargo, en el sector farmacéutico, lo que se observa es que el aumento del poder de mercado se debe más a un aumento de los márgenes de las empresas incumbentes, lo que está más relacionado con las patentes y los derechos de propiedad intelectual (fuertes barreras de entrada al mercado).

En muchos sectores, se observa una pérdida de dinamismo de mercado reflejada en la menor entrada de nuevas empresas, menor dispersión en el crecimiento entre empresas o la menor contribución de empresas jóvenes al producto. Esta pérdida de dinamismo parece acentuarse cuando el aumento en el poder de mercado es consecuencia de concentraciones en las que participan grandes empresas líderes en el sector, lo que reduciría los incentivos a competir de nuevos entrantes (mayores barreras de entrada) y del propio líder (menor presión de competencia de terceros). En este sentido, otro aspecto relevante es la persistencia de las empresas dominantes en el siglo XXI, con probabilidades de hasta el 85 por ciento de que las empresas que estaban en el top 10 de márgenes empresariales en 2000, continúen en ese ranking hoy. Hay por tanto escasa rotación ente los dominadores del mercado.

Por tanto, un aumento de poder de mercado incide en un menor dinamismo y un coste términos de crecimiento y menores incentivos a la inversión y la innovación, lo que exige la vigilancia y regulación por parte del sector público, cuyo principal instrumento es la política de competencia en sus dos vertientes principales: concentraciones y conductas. El primer paso es la propia redefinición del objetivo de la política de competencia, que puede ir más allá del objetivo de la protección del bienestar del consumidor y tomar una interpretación más amplia y dinámica para incorporar aspectos como el impacto sobre el dinamismo del mercado o sobre el mercado de insumos –en otras entradas veíamos el impacto de la concentración empresarial en términos de conductas de monopsonio sobre el mercado de trabajo, presionando a la baja las condiciones laborales; la política de la competencia puede añadir el impacto sobre los trabajadores al evaluar las concentraciones.

En el caso de las concentraciones, cabe plantearse criterios más amplios e integrados en el análisis ex ante para determinar la intervención de la autoridad de competencia, como la posible posición dominante del operador resultante o considerar el precio de compra como proxy del valor futuro de la empresa –para incluir, por ejemplo, adquisiciones de empresas con pocos ingresos presentes, pero elevado valor por una patente o nueva tecnología aun por explotar. En conductas, es necesario adaptar las políticas a los nuevos comportamientos de las empresas. Por ejemplo, desde la evaluación ex post o posterior de conductas ilícitas, cabe una revisión de la política de patentes y propiedad intelectual para evitar comportamientos del tipo de: marañas de patentes (multiplicidad de patentes vinculas al uso de una tecnología), patent trolls (registro de una patente que no se desarrolla para impedir su desarrollo por terceros), patentes incrementales (con escaso valor añadido sobre el producto previo para preservarla), o las killer acquisitions (compras de patentes o de nuevas empresas para evitar que el nuevo producto compita con otro existente).

En el caso de los mercados tecnológicos de doble cara se pueden dar conductas y estructuras de oligopsonio con unos pocos compradores (las grandes empresas tecnológicas), que adquieren la información de manera gratuita de sus usuarios a cambio de servicios gratuitos (freemium) y rentabilizan esa información a través de estrategias de gestión del big data. En estos casos, se plantean opciones como la asignación de derechos de propiedad y crear un mercado para la información sobre el consumidor, incluida, por ejemplo, la posibilidad de que el consumidor transfiera su información cuando cambia de plataforma (de manera similar a la portabilidad del número del teléfono móvil). También puede plantearse la información como un servicio de interés público y obligar a las grandes plataformas a compartir determinado tipo de información, con el permiso de los usuarios (y con medidas para salvaguardar la privacidad) –de manera análoga a la separación de la propiedad de las redes (en este caso plataformas digitales) de su uso en las compañías de energía o telecomunicaciones. Varios acontecimientos t resoluciones recientes apuntan en estas direcciones:

(i) El pasado mes estalló un conflicto de intereses competitivos entre Apple y Facebook por la última actualización del software en los dispositivos de Apple que introducen el app tracking transparency de forma que se solicita al usuario permiso para compartir la actividad en sus aplicaciones con terceras apps, incluyendo la posibilidad de bloquear ese acceso. Facebook considera que se trata de un ataque directo a su modelo de negocio basado en la venta de anuncios personalizados a partir de los datos de seguimiento de sus millones seguidores.

(ii) El año pasado, Estados Unidos inició una demanda contra Facebook por violación de la Ley Sherman de competencia, exigiéndole que se deshaga de las plataformas WhatsApp e Instagram.

(iii) En 2019, tras más de tres años de investigación, la Oficina Federal de Cárteles alemana resolvió que Facebook había abusado de su posición de dominio en el mercado de recopilación y procesamiento de datos (en sus propias redes, que incluyen WhatsApp e Instagram, así como de terceras apps), dictaminando la prohibición de que Facebook pueda combinar datos procedentes de diferentes fuentes.

En la práctica, hay sectores en los que el propio mercado ha favorecido la competencia, como el de los servicios audiovisuales, con múltiples competidores (Amazon Prime, Apple TV, Disney TV, Netflix, HBO, Hulu, Movistar …), y otros en los que es necesario actuar porque persisten las estructuras oligopólicas como las redes sociales (Facebook, Twitter), las plataformas de comercio electrónico (Amazon), o los buscadores (Google). En todos los casos, es necesario reforzar la capacidad de análisis de los servicios de competencia para extraer lecciones del impacto de las concentraciones o condutas en nuevos sectores y adaptar las políticas en consecuencia. La velocidad de los acontecimientos tiende a ir por delante del diseño de las políticas de competencia y es necesaria su adaptación rápida y flexible, incluso a costa de sobre reaccionar siempre que se corrijan los errores con la misma flexibilidad.

 

1 comentario a “Pandemia y poder de mercado

  1. David
    12/06/2021 de 09:34

    «desincentivos al dinamismo empresarial» podría ser la denominación alternativa del problema central de España: los 4 millones de empleos que faltan. El dinero tiene pocos incentivos para ganarse la vida en la calle del libre mercado, prefiere hacerlo en los despachos del Estado (local, autonómico, estatal). Es más rentable y con menos riesgo. Como decía un alcalde del sur de Madrid: «nos hacían los pliegos», las empresas diseñan todo para ganar y especialmente, nunca perder (los contactos ayudan mucho): autopistas, eléctricas, banca, construcciones, contratas, privatizaciones, residencias, cuidados. «El Estado es el negocio» en esta economía comunista que Esperanza Aguirre llama liberal.

Los comentarios están desactivados