La UE suelta lastre regulatorio

La Comisión Europea presentó el miércoles 26 de enero un esperado paquete de simplificación legislativa, en un nuevo intento de desarrollar las recomendaciones el Informe Draghi.

Las medidas se centran en reducir los complejos requisitos que obligan a las empresas europeas a elaborar y presentar información detallada sobre la sostenibilidad (es decir, la consideración de factores medioambientales, sociales y de buen gobierno) de su actividad empresarial, en ámbitos como sus decisiones de inversión (finanzas sostenibles); la clasificación de sus actividades económicas (taxonomía); el control de su cadena de suministro (diligencia debida) y el control del contenido en carbono de sus importaciones (mecanismo de ajuste en frontera al carbono). Adicionalmente, intenta simplificar los requisitos para el acceso a los programas de inversión europeos.

Tanto la comunidad empresarial como el Informe Draghi habían sido muy críticos con el coste de implementación de todas estas medidas, así que la voluntad de reducir carga burocrática por parte de la Comisión siempre es bienvenida. Cuantitativamente, la Comisión pretende reducir al menos el 25% de las cargas administrativas, y al menos un 35% para las pymes hasta el final de este mandato de la Comisión, lo que podría suponer un ahorro anual en costes administrativos de unos 6.300 millones de euros.

En el área de información (reporting) sobre la sostenibilidad, la idea es excluir del ámbito de aplicación de la Directiva sobre Información Corporativa en materia de Sostenibilidad (CSRD) a cerca del 80% de las empresas, dejando la obligación de presentar informes de sostenibilidad (a partir de 2028, lo que supone un retraso de 2 años) solo a empresas muy grandes (que tienen más probabilidad de tener un mayor impacto en las personas y el medio ambiente), e intentando que dichos requisitos no se trasladen a las empresas más pequeñas de sus cadenas de valor. Asimismo, se simplificarán los criterios más complejos de “No causar daño significativo” (DNSH) relativos a la prevención y el control de la contaminación  por productos químicos aplicables a todos los sectores económicos de la taxonomía (como primer paso antes de revisar y simplificar todos estos criterios DNSH), y se permitirá a los bancos que, en el cálculo de su ratio de activos verdes (Green Asset Ratio o GAR, el principal indicador de rendimiento basado en la taxonomía) excluyan los activos de empresas fuera del ámbito de aplicación futuro de la CSRD (es decir, empresas con menos de 1.000 empleados y un volumen de negocios de 50 millones de euros).

Las obligaciones de información de la taxonomía UE también se van a limitar a las empresas más grandes (las del ámbito de aplicación de la Directiva sobre Diligencia Debida en Sostenibilidad o CSDDD), manteniendo al tiempo la opción voluntaria para las demás empresas dentro del futuro ámbito de aplicación de la CSRD. Este carácter opcional también se aplica a las actividades parcialmente alineadas con la taxonomía de la UE, fomentando una transición medioambiental gradual. Por otro lado, se introducirá un umbral de aplicación para los informes de taxonomía y se reducirán las plantillas de informes en un 70%.

Otro ámbito muy importante es el del control o diligencia debida de la sostenibilidad de la cadena de valor. La Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad (CSDDD) armonizará y simplificará los requisitos para que afecten solo a los socios comerciales directos, y reducirá la frecuencia de las evaluaciones periódicas de anual a quinquenal (con evaluaciones ad hoc cuando sea necesario). También se preocupa –algo muy importante y en lo que había insistido el Regulatory Scrutiny Board, pero no le habían hecho caso– de evitar el traslado de la carga informativa a las pymes y empresas de mediana capitalización, limitando la cantidad de información que las grandes empresas pueden solicitarles al auditar su cadena de valor. Por otro lado, modifica las condiciones de responsabilidad civil, protegiendo a las empresas contra las compensaciones excesivas, y concede más tiempo a las empresas más grandes para aplicar los requisitos (un año, hasta el 26 de julio de 2028), al tiempo que se adelanta la adopción de directrices (a julio de 2026).

El mecanismo de ajuste en frontera al carbono también se ha simplificado (antes de ampliar su ámbito a otros sectores, lo que estaba previsto para principios de 2026) eximiendo a los pequeños importadores (en su mayoría pymes y particulares, por debajo de un umbral anual acumulativo de 50 toneladas), lo que libera de la obligación a 182.000 importadores, en su mayoría PYMEs, que suponen el 90% del total de empresas pero que aun así permiten cubrir más del 99 por ciento de las emisiones. También simplifica las normas sobre emisiones implícitas y los requisitos de notificación.

Finalmente, la Comisión ha incluido en el paquete una serie de enmiendas para simplificar el uso y los requisitos administrativos de varios programas de inversión como InvestEU, el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (EFSI) y otros fondos tradicionales. Además, permitirá que los rendimientos de dichas inversiones se pongan a disposición de las empresas, principalmente para financiar actividades innovadoras dentro del marco de la Brújula de Competitividad y el Pacto Industrial Limpio.

En resumen, hay que celebrar que la Comisión intente reducir el coste regulatorio de la información sobre sostenibilidad, que no era proporcional a los beneficios y que terminaba recayendo en gran medida sobre las PYMEs. Ahora queda esperar que las medidas funcionen, que se extiendan a otros ámbitos y que los Estados miembros se animen a intentar la experiencia.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.