Economía colaborativa, eficiencia y competencia

Ya está disponible el Anuario de la Competencia 2016 de la Fundación ICO en el que tenemos el placer de colaborar con un artículo sobre los “Fundamentos Económicos de la Economía Colaborativa”. En la presente entrada trataremos de resumir su contenido, centrándonos en las potenciales ganancias de eficiencia de la economía colaborativa.

La economía colaborativa (sharing economy) consiste en relaciones entre individuos para obtener, conceder o compartir el acceso a recursos infrautilizados. Definida así la economía colaborativa no es una novedad, sino que es tan antigua como el ser humano. Lo que explica su relevancia en el siglo XXI es la organización de estos intercambios en plataformas digitales, que incrementan la escala de este fenómeno muy por encima del nivel anecdótico de las relaciones familiares, de amistad o de comunidad limitada social o geográficamente.

Dado que la economía colaborativa se ha desarrollado de manera descentralizada, es obvio que lo ha hecho porque presenta ventajas de eficiencia para los agentes. Estas ganancias van mucho más allá de la mejora de la eficiencia estática por el mejor aprovechamiento de recursos infrautilizados. Se trata de aspectos dinámicos que pueden clasificarse en cuatro grandes grupos.

El primero es el aprovechamiento de externalidades de red indirectas propias de mercados de múltiples lados donde la demanda de un grupo de agentes depende positivamente del número de agentes del otro lado del mercado. Por ejemplo, cuantos más oferentes existan en la plataforma, más demandantes se apuntarán al considerarla más atractiva, lo cual a su vez atraerá a más oferentes, que también valoran tener acceso a una amplia base de demandantes. Por ello se suele subvencionar el acceso a un grupo de agentes, el más elástico al precio y/o el más relevante en la creación de efectos de red, para atraer al resto de colectivos.

El segundo es la corrección de asimetrías informativas, fundamentalmente por el uso de mecanismos de reputación online a partir de la calificación mutua entre proveedor y usuario. Así se limitan los problemas de información ex ante, o de selección adversa (pues consumidor y productor conocen mejor con qué tipo de agente están tratando al ver su valoración media en la plataforma), y ex post, o de riesgo moral (pues consumidor y productor no se comportarán de manera oportunista tras determinar las condiciones de la transacción ya que ambos se evalúan mutuamente).

Esto es muy relevante en los sectores donde se está desarrollando inicialmente la economía colaborativa (turismo, transporte, finanzas, servicios profesionales, técnicos y a hogares), pues las asimetrías informativas y las interacciones de una sola vez generaban problemas de revelación de la calidad. Los mecanismos de reputación permiten generar confianza para transacciones entre iguales (peers) que no se conocen. A esto también contribuye la integración de las plataformas con perfiles de redes sociales.

Todo ello es clave para aumentar la escala de la economía colaborativa y así aprovechar las susodichas externalidades indirectas de red. También los efectos directos de red (el hecho de que la demanda de los agentes dependa positivamente del número de agentes del mismo grupo), pues los mecanismos de reputación son más fiables a medida que más agentes utilizan la plataforma.

El buen funcionamiento de mecanismos de reputación es clave para que la plataforma se erija en “autorreguladora” de su propia actividad. Al tener demandas interdependientes, la plataforma es la primera interesada en asegurar la calidad a sus proveedores y usuarios, pues una pérdida de confianza de un grupo repercute negativamente en el otro y viceversa. Por ello muchas plataformas exigen requisitos de acceso (aunque en general mínimos en comparación con la regulación sectorial) y ejercicio (como mantener una elevada calificación para no ser expulsados) para mantener la confianza de ambos lados del mercado y seguir aprovechando los efectos de red.

El tercer grupo de ventajas de eficiencia es la reducción de los costes de transacción. La utilización de nuevas herramientas (como la mayor interactividad de internet, la ubicuidad y conectividad de los smartphones, el ecosistema de aplicaciones móviles, la navegación y geolocalización por GPS y las redes sociales) permite un mejor emparejamiento (matching) en el tiempo (on demand) y en el espacio (llegando a alcanzar una escala global). La casación más eficiente de oferta y demanda permite a las plataformas intermediar en las transacciones y añadir valor al ofrecer servicios ex ante (como el marketing o la negociación y determinación de condiciones) y ex post (como la gestión de pagos, los seguros o la atención al usuario), servicios que también ayudan a la generación de confianza en los intercambios entre iguales para desatar los efectos de red indirectos.

Finalmente, las últimas ganancias de eficiencia aparecen por el ajuste dinámico en precios según las condiciones de oferta y demanda. Esto resulta controvertido pues genera subidas de precio (surge pricing) durante los picos temporales de demanda (aunque también bajadas en los periodos valle). No obstante, ese mayor precio no sólo resulta en una mayor apropiación del excedente del consumidor sino que también atrae una mayor oferta gracias a la mayor remuneración y desalienta la demanda que pueda retirarse voluntariamente del mercado al enfrentar un mayor precio, lo que aumenta la eficiencia en el emparejamiento y minimiza la demanda y oferta insatisfechas.

A partir de estos apuntes, cabe reflexionar sobre los retos para las autoridades de competencia y regulación, que en su mayoría se insertan dentro de la literatura sobre plataformas. La economía colaborativa tiene efectos procompetitivos obvios por la disrupción que supone la entrada en el mercado de numerosos “prosumidores” (agentes que pueden actuar como consumidores y/o productores), reduciendo precios y márgenes de beneficios y aumentando la cantidad intercambiada, la innovación, la calidad y la variedad (como ya se describía en esta entrada). Si a ello unimos las ganancias de eficiencia antes descritas (especialmente la corrección de asimetrías informativas y la capacidad autorreguladora de las plataformas) resulta necesario mejorar la regulación sectorial para evitar cargas que no respeten los principios económicos y jurídicos de necesidad y proporcionalidad. También representa una oportunidad para revisar la normativa horizontal (impuestos, cotizaciones sociales y protección del consumidor). La digitalización y estos nuevos modelos de negocio facilitan al sector público cumplir sus objetivos de interés general, ajustándose a estos mismos principios de better regulation

Pero las plataformas de economía colaborativa también generan retos para la competencia (como ya se analizó en esta entrada), como la tendencia a la concentración de mercado por los efectos indirectos de red. Los factores compensadores de esta tendencia serían la posibilidad del consumidor de compaginar varias plataformas de economía colaborativa (multi-homing) con bajos costes de cambio (switching costs) dado la facilidad de cambiar de proveedor (la frase competition is a click/blink away podría incluso actualizarse a competition is a swipe away). Quizás la principal barrera en estos momentos sea la portabilidad a una nueva plataforma de la reputación digital adquirida en una plataforma ya establecida.

Otra cuestión debatida es el modelo de negocio basado en datos, que tiene economías de escala y aprendizaje y puede perpetuar ventajas competitivas. No obstante, la competencia por el lado de la oferta y el advenimiento del internet de las cosas (internet of things) permite obtener cada vez más fácilmente nuevas bases masivas de datos para disputar esas ventajas competitivas. También está en discusión si los datos aumentan las posibilidades de prácticas concertadas (por la colusión tácita a través de algoritmos de precios) o son, más bien, una herramienta para su detección.

En definitiva, el carácter a menudo empírico de las cuestiones analizadas obliga a las autoridades de competencia al análisis caso por caso, ponderando los riesgos sobre el poder de mercado con las antedichas ganancias de eficiencia.

 


Nota: Las opiniones expresadas en la presente entrada son exclusivamente de sus autores.