Theresa May ha planteado al Parlamento británico un esquema de tres votaciones consecutivas entre el 12 y el 14 de marzo para tratar de desbloquear el proceso del Brexit: voto a favor o en contra del acuerdo con la UE (el 12 de marzo), voto a favor o en contra de la salida de la UE sin acuerdo (el 13) y voto a favor o en contra de negociar una prórroga para el Brexit (el 14). En principio, el objetivo de este esquema es incentivar un voto favorable al Acuerdo con la UE, porque si el Parlamento rechaza el Acuerdo y también la salida sin acuerdo, entonces está destinado a la prórroga, con el riesgo de un segundo referéndum. Ahora bien, como veíamos en otra entrada, el orden de presentación de las votaciones no es irrelevante cuando se plantea una problema de intransitividad de las preferencias.
En este sentido, el orden de votos propuesto por May presenta un sesgo en favor de un Brexit duro sin acuerdo y es además redundante, porque la segunda y la tercera votación son equivalentes. Cambiar el orden de la primera y la segunda votación invertiría el sesgo en favor del acuerdo y resolvería el problema de redundancia.
El esquema propuesto por May es el siguiente:
(i) Opción Acuerdo (A): votación el 12 de marzo a favor o en contra del acuerdo negociado con la UE.
(ii) Opción No Acuerdo (NA) – Brexit duro: en caso de no haber mayoría a favor de A el día 12, entonces, votación el 13 de marzo a favor o en contra de salir de la UE sin acuerdo.
(iii) Opción Prórroga (P): en caso de no haber mayoría a favor de NA el día 13, entonces, votación el 14 de marzo a favor o en contra de solicitar una prórroga a la UE. En este caso, si no sale un voto a favor de P, la opción por defecto es la salida sin acuerdo, NA (lo que, por otro lado, sería inconsistente con un voto en contra del NA el día 13).
El esquema de preferencias posibles de los parlamentarios es el siguiente:
Sin perjuicio de la diversidad de preferencias, se pude inferir que la mayoría de los parlamentarios que optan por P como primera opción, tenderán a preferir A sobre NA (en principio, su opción por la prórroga sería para mejorar el acuerdo o incluso para repetir el referéndum, de forma que NA debería ser su última opción). Sin embargo, en el caso de los que eligen A o NA como primera opción, puede haber más división en su ordenación de preferencias, en el sentido de que la prórroga no tiene una dirección clara e incorpora además el riesgo de repetición del referéndum, de manera que algunos pueden preferir el Brexit, ya sea con un mal acuerdo o sin acuerdo alguno, antes que la prórroga.
Bajo el supuesto de consistencia de los parlamentarios, las votaciones propuestas por May deberían tener los siguientes resultados:
En la primera votación, votarían a favor del acuerdo todos los parlamentarios que prefieren el A como primera opción y en contra todos los que prefieren el NA como primera opción. Entre los que prefieren la prórroga (P) se produciría una división del voto en los siguientes términos:
- Para los que prefieran como segunda opción el A [el grupo P(A>NA)], se les plantea un problema de voto estratégico: un porcentaje b, más averso al riesgo, preferirá votar a favor de A para evitar el riesgo de que la segunda votación pueda ser favorable al NA y que no se llegue nunca a la tercera votación sobre la prórroga, y el resto (1-b) asumirá ese riesgo y optará por votar en contra. Por tanto, la opción A solo se beneficia parcialmente (en un porcentaje b) de las segundas preferencias en favor de A de los parlamentarios que prefieren P como primera opción.
- Todos aquellos que prefieran como segunda opción el NA – Brexit duro [es decir, el grupo P(NA>A)], votarán en contra (como veíamos, en principio, este grupo sería reducido).
En la segunda votación, votarán a favor los partidarios del NA y en contra los partidarios de P. Una vez perdida la primera votación, los partidarios de A se repartirán en función de su segunda preferencia: los que prefieren NA [el grupo A(NA>P)] votarán a favor, y los que prefieran P [el grupo A (P>NA)], votarán en contra. Por tanto, la opción NA se beneficia plenamente de las segundas preferencias en favor de NA de los parlamentarios que optan A como primera opción.
La tercera votación está condicionada por el resultado por defecto en caso de voto negativo: si no sale una mayoría favorable a P, entonces, el resultado es una salida sin acuerdo, NA. Por tanto, se debería producir el mismo resultado que en la segunda votación, pero a la inversa: los que votaron a favor del NA el día 13, votarían en contra de P el día 14, y viceversa. En ambos casos, el voto que se está dividiendo es el del parlamentario que prefiere A como primera opción, que tiene que elegir en función de su segunda preferencia. La votación es redundante, salvo cambio de decisión de un día para otro.
Los resultados de las votaciones serían distintos si se invirtiera el orden de las dos primeras votaciones, es decir, votar a favor o en contra del NA el día 12, y, en caso de no acuerdo, votar a favor o en contra del A el 13. Los resultados serían los siguientes:
Con el cambio de orden se invierte el sesgo. En este caso, es la opción NA la que solo se beneficia de un porcentaje (b) de los parlamentarios que prefieren P como primera opción y NA como segunda (en principio, un grupo reducido). Al mismo tiempo, al desplazar la opción A al segundo voto, es ahora ésta la que se puede beneficiar plenamente de todos aquellos parlamentarios que, si bien prefieren NA como primera opción, eligen A como segunda opción frente a P para evitar los riesgos de la prórroga, incluido un posible nuevo referéndum.
Se elimina además el problema de la redundancia entre el segundo y el tercer voto. En la segunda votación, el voto que se divide es el del grupo NA, que ha perdido ya la primera votación (este grupo de parlamentarios elige en función de sus segundas preferencias). Sin embargo, en el tercer voto, el voto que se divide es el de los parlamentarios del grupo A, son éstos los que tienen que elegir en función de sus segundas preferencias, porque el resultado por defecto es el NA.
Por supuesto, luego está la segunda derivada: en caso de que el Reino Unido pida una prórroga, el Consejo de la UE deberá aceptarlo por unanimidad, lo cual no es evidente, salvo que la prórroga tenga un objetivo concreto –¿renegociar un acuerdo sobre el que la UE ya ha dicho que no puede ceder más, elecciones en Reino Unido, otro referéndum?–. Hasta ahora no sabemos cuál sería el objetvo, con el añadido de que hay elecciones europeas entre el 23 y el 26 de mayo y de que los Estados miembros de la UE están obligados a convocarlas –si el Reino Unido aún fuera Estado miembro para entonces tal vez podría verse obligado a convocarlas–. Quizás convendría aclararlo a sus señorías antes de que empiecen a votar el día 12.
Muy interesante, me surge una pregunta; entiendo que podría haber una parte de los favorables al acuerdo (A) que votase NO a una salida sin acuerdo (NA) y NO a la prórroga (P), quizás buscando una cesión de los Remainers a apoyar el acuerdo en la víspera del Brexit. En este caso, puede ser que las tres votaciones salga NO?
Como se procedería en ese caso? Entiendo que las votaciones no son vinculantes, pero el gobierno tendría que romper la voluntad del parlamento de alguna manera por obligación.